martes, 6 de enero de 2009

30 € por cada incumplimiento de tu compañía eléctrica.




¿Quién no está harto de que su compañía eléctrica no le haga caso?


Conociendo nuestros derechos como abonados de las compañías eléctricas, podremos ejercer mayor presión allí donde más les duele: en el bolsillo. Casi nadie lo sabe, pero los abonados tienen derecho a una indemnización de 30€ cuando la compañía incumple lo estipulado en cuanto a calidad de atención al consumidor.


Algún ejemplo de las obligaciones que suelen incumplir las compañías:


- Demoras para enganchar nuevos suministro y realizar modificaciones
- Demora al responder a reclamaciones, por error de facturación, lecturas, cortes indebidos.
- No asesorar debidamente en la contratación sobre la tarifa y potencia.
- Reposiciones de suministro fuera de plazo etc.


El importe de la indemnización por cada incumplimiento es la mayor de las siguientes cantidades: 30€ o el 10% de la primera facturación completa, por cada incumplimiento.


Si todos exigimos nuestra indemnización en caso de incumplimiento, las compañías pondrán más interés para cumplir con su deber. A continuación expongo la normativa a la que referirnos para reclamar.


NORMATIVA


RD 1955/2000 de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministros, y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.


Dice en su “Artículo 105. Consecuencias del incumplimiento de la calidad de servicio individual.


Las consecuencias del incumplimiento por parte de la compañía de lo estipulado en lo establecido en el apartado 2 del artículo 103 del presente Real Decreto, las empresas distribuidoras procederán a abonar al consumidor, por cada incumplimiento, en la primera facturación que se produzca, la mayor de las siguientes cantidades: 30,05€ (5.000 pesetas) o el 10 por 100 de la primera facturación completa.”


Ver Artículo 103. Calidad de la atención al consumidor. para revisar todos los casos susceptibles de incumplimiento.


2 comentarios:

Anónimo dijo...

Y a quien le reclamo esos 30 euros? Al Maestro Armero?
Cómo pedirlos sin meterte en juicios?

Smith dijo...

Lo puedes reclamar directamente a la compañía y te lo dan. Por el temor a que lo denuncies ante la delegación de industria de tu comunidad autónoma y les abran un expediente millonario. Si lo reclamas haciendo referencia a los artículos de esta normativa, sabrán que estás bien asesorado y no se la jugarán